El pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este 13 de enero su informe al Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La normativa cambiará en varios aspectos que aquí trataremos de desglosar. Si después de leer esto te quedan dudas, en mi despacho de abogados en Zamora estaré para resolverlas.
En primer lugar, hay que tener en cuenta la posibilidad que ahora se plantea de que los procedimientos legales se puedan reabrir una vez agotados los plazos que marca la ley para su instrucción. Los plazos vigentes son seis meses para las causas ordinarias y dieciocho para las más complejas. Según el anteproyecto del Ministerio de Justicia, los procedimientos podrán reabrirse cuando consten elementos nuevos y determinantes de la comisión del delito.    

En el despacho de Esther Barreiros González trataremos de esquematizar, en las siguientes líneas, más puntos importantes a tener en cuenta para entender los cambios que se pueden producir en la legislación vigente.  De hecho, los vocales del CGPJ han pedido que se prorrogue  el plazo máximo de la instrucción ordinaria. Dicen también que, aunque el Anteproyecto del departamento que dirige Rafael Catalá establece que esta petición es cometido del fiscal, las partes acusadoras personadas en la causa también deberían poder hacerlo.  

En mi despacho de abogados en Zamora trataré de orientarte sobre las implicaciones que puede tener otro de los puntos más destacados del Anteproyecto. El texto remitido por el Gobierno al CGPJ contempla que, si se considera urgente y para investigar delitos terroristas o contra menores, se puedan intervenir las comunicaciones. Para ello bastaría con una orden del Ministerio del Interior o del secretario de Estado de Seguridad. Será el juez quien valide o anule esta medida en un plazo de 72 horas desde su recepción.