Como bufete de abogados en Zamora queremos, en esta nueva entrada del blog, repasar las diferencias, desde el punto de vista legal, entre los divorcios y las separaciones. Comenzamos reforzando unos conceptos básicos que ya hemos abordamos en entradas pasadas. El primero es que la separación supone el cese efectivo de la convivencia de los cónyuges. Desde un prisma legal, estamos hablando de un cambio con consecuencias tanto patrimoniales como personales. 


En el despacho de Esther Barreiros González te insistiremos en que una separación no será efectiva hasta que no se haga constar en la correspondiente sentencia judicial. Te recordamos que este requisito no se aplica para las separaciones de hecho. Lo que ocurre en estos casos es que se produce un cese de la convivencia, pero sin que tenga efectos legales y sin que se haga constar en el Registro Civil.


A pesar de todo lo anterior, la diferencia esencial entre divorcio y separación es que esta última no supone la disolución del matrimonio. Como bufete de abogados en Zamora te recordamos que después de un divorcio los cónyuges pueden volverse casarse entre sí o con otras personas. Esto no es posible si están solo separados ya que, en ese caso y a ojos de la ley, el matrimonio sigue vigente. Lo que sí impide tanto el divorcio como la separación legal es que el otro cónyuge herede abintestato. Esta es la manera de heredar cuando el fallecido no ha dejado testamento. Otro detalle a tener en cuenta es que, si existen hijos menores de edad, la sentencia judicial ha de incluir el régimen referente a su manutención y todo lo relativo a la custodia y el régimen de visitas. En resumen, la separación es el cese legal de la vida en común de los cónyuges aunque siguen siendo marido y mujer mientras que el divorcio disuelve el vínculo del matrimonio.