Continuamos en esta entrada del blog de nuestro bufete de abogados en Zamora hablando de un tema que ya empezamos hace unas semanas, las parejas de hecho. Y es que, cada vez son más las personas que conviven juntas sin ningún tipo de marco legal regulatorio. En realidad, esto puede suponer algunos problemas en determinadas situaciones.

En este nuevo post nos vamos a centrar en los documentos que se pueden necesitar para acreditar la existencia de una pareja de hecho. Entre ellos se encuentran las capitulaciones y las declaraciones de convivencia (que se realizan ante notario). Con ellas se acredita la unión desde la fecha de la firma. En el caso de las capitulaciones se pactan las relaciones económicas, tanto en la relación como en caso de que se rompa.

También puede servir como documento un contrato privado entre ambas personas, o incluso contratos bancarios, de aperturas de cuentas, etc., ya que pueden presuponer que hay una disposición del patrimonio común de forma conjunta. Pasa lo mismo con los contratos de venta o de alquiler, que sirven para demostrar una vida en común.

El empadronamiento y el domicilio fiscal también se pueden emplear para probar que hay una convivencia de la pareja en un domicilio determinado.

Por supuesto, la existencia de hijos comunes, el Libro de Familia, o la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho, son pruebas más que suficientes para las parejas.

Un capítulo aparte merece el régimen económico en estas parejas. Pero sobre ello te hablaremos en un nuevo post. Por supuesto, puedes acercarte a nuestro bufete de abogados en Zamora si quieres hacer cualquier consulta al respecto.

El equipo de Esther Barreiros González está a tu entera disposición.